Sarai Jiménez 
Oaxaca de Juárez, 9 de septiembre. Con 28 votos a favor, la 64 legislatura del Congreso del Estado, aprobó la prohibición del glifosato y otros agroquímicos en el estado de Oaxaca.
La diputada del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) Magaly López Domínguez, aseguró que con esta medida se busca proteger la salud de los oaxaqueños y evitar una catástrofe ecológica.
Recordó que de acuerdo a un estudio de la UNAM, hace falta una actualización de información respecto al número de muertes por intoxicación a causa del uso de plaguicidas en México, cuya última referencia es de 1995 a 2011, cuando se supo de 2 mil 518 defunciones por esta causa, destacando el estado de Oaxaca además de Chiapas, Nayarit, Colima, Guerrero, Tabasco y Morelos.
Expuso que el uso inadecuado de estas sustancias químicas, influye en la calidad y productividad de los ecosistemas, la degradación del medio ambiente y la salud de la población.
De esta manera, se aprobó la adición del artículo 128 Bis a la Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca, por el cual se prohíbe el uso, distribución, adquisición, donación, regalo o suministro de glifosato y otros agroquímicos previstos como riesgosos para la salud y el medio ambiente en diversos instrumentos internacionales sobre el tema.
Con esta iniciativa, dijo, se prohíbe el uso de plaguicidas peligrosos, productos químicos perturbadores endócrinos, compuestos orgánicos persistentes y otros químicos.
La legisladora, aseguró que esto representaba un paso significativo hacia la agroecología.
A partir de la publicación del decreto en el Periódico Oficial del Estado, la Secretaría de Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable de Oaxaca (Semaedeso) tendrá 90 días naturales para emitir un listado con los productos prohibidos, que deberá incluir como mínimo el glifosato y los agroquímicos que lo contengan.
Magaly López, recordó que corresponderá a la Semaedeso y a las autoridades municipales vigilar la aplicación de esta ley.
Las sanciones para quien viole esta disposición de acuerdo a la Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca, van de veinte a veinte mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización, lo que equivale a multas de mil 792 pesos hasta un millón 792 mil 400 pesos, que puede aumentar al doble en caso de reincidencia.
También se prevén sanciones como clausura temporal o definitiva, parcial, arresto administrativo hasta por 36 horas, así como la suspensión, revocación o cancelación de concesiones, licencias, permisos o autorizaciones.