Oaxaca de Juárez, 10 de diciembre. El pago del aguinaldo ya está cerca, antes del 20 de diciembre casi 39 millones de trabajadores recibirán el aguinaldo correspondiente por Ley a 15 días de salario.
Incluso, aquellos trabajadores que no hayan cumplido el año de servicio y estén laborando en una empresa, tienen derecho a recibir la parte proporcional del aguinaldo, conforme al tiempo que hayan trabajo.
Pero sabes ¿cuánto te corresponde de aguinaldo?
El proceso para obtener la cantidad que se pagará a cada empleado que tiene más de un año en tu empresa es el siguiente:
Obtén el sueldo diario (ingreso mensual bruto entre 30).
Multiplícalo por 10 o por el número de días que le corresponde a cada trabajador.
Por ejemplo:
10,000 /30 días = 333.33 diario
333.33 X 15 días = 4,999
Si un trabajador laboró menos de un año le corresponde la cantidad proporcional a los días que si colaboró.
El cálculo para obtener lo que se pagará a cada empleado que tiene menos de un año en tu empresa es el siguiente:
Obtén el sueldo diario (ingreso mensual bruto entre 30).
15 (días de aguinaldo) / 365 días= 0.041
0.041X 42 (días laborados)= 1.73 (días proporcional aguinaldo)
1.73 (días proporcionales de aguinaldo) X 312 (salario diario)= 538.52 Aguinaldo Proporcional
¿Qué hacer en caso de no recibir aguinaldo?
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), atiende todo lo relativo a la retención u omisión de la entrega del aguinaldo, esto a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
La Profedet ofrece asesoría legal y orientación para proceder al reclamo del aguinaldo, ya que en la ley laboral, no hay condicionantes que eximan al patrón de la entrega incompleta, tardía o sea omitida la entrega del mismo.
